Nuevo reglamento de firma electrónica en traducciones juradas

Nuevo reglamento de firma electrónica en traducciones juradas

Noticia

22 de diciembre

Ya no es necesario imprimir ni usar sellos de goma

Desde el inicio de la pandemia de COVID-19, la demanda de traducciones juradas con firma electrónica ha aumentado de forma notable. La imposibilidad de realizar gestiones presenciales y la creciente digitalización de los trámites oficiales impulsaron a organismos, empresas y particulares a buscar soluciones seguras y rápidas para la certificación de documentos. Esto ha convertido la firma electrónica de los traductores jurados en una herramienta clave para agilizar procesos y garantizar la validez legal de las traducciones.

Sin embargo, hasta ahora, el reglamento obligaba a los traductores jurados a imprimir igualmente sus traducciones juradas, firmarlas, sellarlas, escanearlas y posteriormente incorporar a esos escaneos la correspondiente firma electrónica homologada. Este proceso era tremendamente arduo y suponía además un derroche de papel, por lo que no resultaba nada ecológico. Los traductores jurados tenían la necesidad de evitar el uso de papel en traducciones que acabarían siendo digitales.

Reconociendo esta necesidad, el Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó la Orden AUC/213/2025, de 26 de febrero, que regula el uso de la firma electrónica en las actuaciones de Traductores-Intérpretes Jurados. Este nuevo reglamento establece un marco legal claro para que los traductores puedan certificar sus traducciones mediante firma electrónica cualificada, asegurando que tengan la misma validez legal que la firma manuscrita tradicional. Además, esta orden elimina la necesidad de imprimir y usar sellos de goma, limitando la firma de las traducciones juradas digitales a la mera firma electrónica. Mucho más rápido y ecológico.

Entre los aspectos más importantes que regula esta Orden se encuentran:
– La validez de la firma electrónica cualificada para certificar traducciones juradas.
– La obligación de que la firma incluya identificación del traductor, fecha y garantía de integridad del documento.
– La posibilidad de eliminar la necesidad del sello físico, simplificando los procesos y reduciendo la burocracia.
– La aceptación de estas traducciones electrónicas por organismos públicos y privados, ofreciendo seguridad jurídica a quienes las reciben.

En resumen, este reglamento adapta finalmente la labor de los traductores jurados a los tiempos digitales y responde a la creciente demanda de trámites a distancia y certificados electrónicamente. La firma electrónica no solo agiliza los procesos, sino que también garantiza confianza, seguridad y legalidad en las traducciones juradas en España.

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